El Área de Bromatología Municipal comunica:
Prohibición de comercialización del producto: Aceite de girasol marca “El Entrerriano”
La Dirección de Bromatología de la provincia de Chaco
informa las acciones realizadas en relación a la comercialización del producto:
“Aceite de girasol” marca: El Entrerriano, cont. neto 4,5 litros vencimiento
12/2021, RNPA 02-571050, RNE 02-033960, que no cumpliría la legislación
alimentaria vigente.
En el marco de las investigaciones, la Dirección de
Bromatología de Chaco re realiza las consultas federales N° 5334 y N° 5335 a
través del Sistema Federal de Información para la Gestión de Alimentos (SIFeGA)
a la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de la provincia de Buenos
Aires (DIPA) a los fines de verificar la información declarada en el rótulo, el
registro de producto N° 025710050 y comprobar la habilitación del
establecimiento RNE 02-033960. Atento a ello, la autoridad sanitaria de la
provincia de Buenos Aires indica que esos registros pertenecen a otro establecimiento
y producto.
El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley
18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y los artículos 6 bis,
13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA), por ser un producto
falsificado y falsamente rotulado al consignar registros de producto y
establecimiento de otro alimento, resultando ser en consecuencia ilegal.
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